
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha actualizado las normas sobre la continuidad de las operaciones en el sector financiero, enfocándose en la protección de los servicios digitales. Esta medida, oficializada mediante la Resolución N° 0814-2025, busca asegurar que las entidades financieras puedan mantener sus servicios y minimizar las interrupciones en sus plataformas digitales clave.
Esta actualización responde al creciente uso de los canales digitales en las transacciones financieras y a la necesidad de cumplir con los estándares internacionales más recientes en cuanto a la resiliencia de las operaciones digitales.
La nueva normativa, que ya se ha publicado en el diario oficial, exige que servicios esenciales como transferencias, pagos interoperables, pago de nóminas y pagos a proveedores, ofrecidos a través de canales digitales como la banca en línea, aplicaciones móviles y billeteras digitales, cuenten con planes de recuperación que permitan restablecer su funcionamiento en un plazo máximo de tres o cinco horas, dependiendo del tamaño de la entidad.
Estos planes deben ser sometidos a pruebas anuales para garantizar su efectividad. Además, las entidades financieras deben informar a sus clientes sobre las alternativas disponibles para realizar sus transacciones en caso de interrupciones.
La regulación también incluye definiciones claras sobre el funcionamiento normal de los servicios digitales, establece plazos específicos para la recuperación de los principales productos y servicios ofrecidos en estos canales, y requiere la implementación de sistemas de monitoreo continuo.
Finalmente, la normativa detalla qué incumplimientos serán considerados infracciones y, por lo tanto, estarán sujetos a sanciones.
Fuente: DIARIO GESTIÓN