Equipaje en el nuevo Aeropuerto Jorge Chávez: Guía de Aduanas

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Equipaje en el nuevo Aeropuerto Jorge Chávez: Guía de Aduanas

Al viajar hacia o desde Perú por el nuevo Aeropuerto Jorge Chávez, es fundamental conocer las regulaciones aduaneras de la Sunat sobre lo que puedes ingresar. Esta guía te ayudará a entender qué artículos están exentos de impuestos y cuándo necesitas declarar tus pertenencias para evitar inconvenientes.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) establece normas claras para el ingreso de objetos personales y bienes al país. Para que tus pertenencias sean consideradas equipaje y estén libres de impuestos, deben ser nuevas o usadas, acordes con la duración y el propósito de tu viaje, y no tener fines comerciales o industriales. Si omites declarar artículos que exceden los límites permitidos, la Sunat puede retenerlos hasta que pagues los aranceles y multas correspondientes.

Según la Ley General de Aduanas, las autoridades aeroportuarias pueden inspeccionar tu equipaje en cualquier momento. Si la mercadería introducida supera los límites, no se declara, o se presenta información falsa, los bienes serán incautados. La recuperación implicará el pago de los impuestos y una multa equivalente al 50% de su valor en aduana.

En el caso de dinero en efectivo o instrumentos financieros negociables, es obligatorio declararlos si el monto excede los US$ 10,000. Si no lo haces, la sanción será la retención de los fondos y una multa del 30% del valor no declarado. Puedes transportar hasta US$ 10,000 (o su equivalente en otra moneda) sin necesidad de declararlo.

A continuación, se detalla una lista de los bienes que puedes ingresar sin pagar impuestos:

  • Bienes de uso personal: Ropa, artículos de aseo, medicamentos, libros, revistas y documentos, siempre que sean para uso personal.
  • Artículos eléctricos o electrónicos portátiles: Se permite una cantidad específica de aparatos como secadoras de cabello (2), calculadoras (1), reproductores de sonido (1), videocámaras no profesionales (1), reproductores de DVD (1), consolas de videojuegos (1), agendas/tabletas electrónicas (1), laptops (1), máquinas de afeitar/depilar (1). También se permiten 2 cámaras fotográficas y 2 teléfonos celulares (mayores de siete años, y solo uno para niños entre siete y dieciocho años).
  • Soportes de datos y memorias: Hasta 20 CDs, 2 discos duros externos, 4 memorias para cámaras/videocámaras/videojuegos (si portas el aparato), 4 memorias USB, y 10 discos de video/videojuegos.
  • Tabaco y bebidas alcohólicas (solo para mayores de 18 años): Hasta 20 cajetillas de cigarrillos, o 50 cigarros puros, o 250 gramos de tabaco picado. Además, hasta 3 litros de licor.
  • Instrumento musical: 1 unidad portátil.
  • Artículos deportivos: 1 unidad o set.
  • Mascotas: 1 animal doméstico vivo, previa revisión sanitaria del SENASA.
  • Otros bienes: Artículos para uso o consumo personal u obsequios con un valor conjunto de hasta US$ 500, siempre que no se presuma que son para comercio. Si incluyen artefactos eléctricos, electrónicos, herramientas o equipos profesionales, no deben exceder de una unidad por tipo.
  • Artículos para personas discapacitadas o enfermas: Medios auxiliares y equipos necesarios para control médico y movilización (silla de ruedas, muletas, medidores de presión, etc.), en cantidad razonable.

Cumplir con estas regulaciones te ayudará a tener una experiencia de viaje fluida y sin problemas. Si tienes dudas, se recomienda consultar directamente con la Sunat antes de viajar.

Fuente: Infobae


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